Control de la remisión a través del Sistema RED de partes de baja y alta de procesos de incapacidad temporal.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) va a proceder a verificar de forma
periódica que, por parte de las empresas, se remiten a través de Sistema RED y en
los plazos establecidos, los partes de baja, los de confirmación y los de alta de todos
aquellos procesos de IT que puedan afectar a sus trabajadores.
En el caso de detectarse irregularidades, el INSS lo comunicará a la Inspección de
Trabajo que corresponda.
Les recordamos que los plazos para la presentación son los siguientes:
Parte de Baja: El trabajador tiene que comunicarlo en el plazo de 3 días desde la emisión del mismo a la empresa, y desde ese momento la empresa tiene 5 días para su comunicación.
Parte de Confirmación: idénticos plazos.
Parte de Alta: 5 días.
Como siempre la finalidad de este control es recaudatorio , en ese sentido la La ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social establece que la calificación de la falta de comunicación en plazo de las bajas, partes de confirmación y altas en plazo será considerada leve y sancionable con un mínimo de 60 euros a un máximo de 625 euros.